Tras dejar en claro que no están en contra de la Reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, sino de que no exista una consulta certera, docentes integrantes del Movimiento Universitario por una Reforma Legal y Plural (MUR), demandaron al Consejo Universitario no ser exclusivos en el tema.
En rueda de prensa acusaron que los integrantes del Consejo Universitario fueron citados para trabajar en mesas; y, señalaron que, a pesar de que son representantes de los sectores nicolaitas, la mayoría de los Consejeros no informaron a sus respectivas comunidades educativas sobre dichos trabajos, ni tomaron en cuenta las opiniones vertidas para hacer modificaciones.
«Estas acciones, aparentemente cumplen con la aplicación de una consulta, pero en realidad, no se están considerando ninguna de las propuestas de mayor trascendencia, que han manifestado los universitarios”, señalaron.
El maestro Javier Ponce Saavedra estableció que las autoridades universitarias continúan realizando acciones digitales, sin cumplir con lo establecido en el artículo segundo de la Ley General de Educación Superior, mismo que establece la obligatoriedad de consultar a las comunidades y que ha sido violado desde el inicio del proyecto planteado con Rectoría y omisión bajo la que se aprobó el Estatuto Universitario en una dinámica que representa un contrasentido, «dado que primero debió reformarse la Ley Orgánica y posteriormente sus reglamentos secundarios».
En los integrantes del MUR señalaron que representan a más de 30 dependencias de un total de 44 con las que cuenta la UMSNH, por lo que seguirá adelante con su proyecto de realizar por su cuenta una consulta a los sectores y presentará sus resultados ante la comunidad además de presentarlo al Consejo Universitario y al Congreso del Estado.
En su oportunidad, el maestro Guillermo Ramón Campillo reiteró que el mismo artículo V transitorio en la reforma al 143 establece “un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar la consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria y a los órganos de gobierno competentes, asambleas generales y cuerpos colegiados por dependencia en términos de lo dispuesto por la Ley General de Educación Superior, para efectos de realizar adecuaciones a la normativa que corresponda”, criterio que, dijeron, se hace a un lado en el citatorio de hoy del Consejo Universitario.
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